Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades de 1990

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (la ADA) es una ley que fue aprobada por el Congreso de los Estados Unidos en 1990. El presidente George H. W. Bush firmó la ADA, convirtiéndola en una ley oficial de Estados Unidos, el 26 de julio de 1990. Más tarde, el presidente George W. Bush modificó (cambió) la ADA y firmó esos cambios para convertirla en ley. Los cambios comenzaron el 1 de enero de 2009.

La ADA es una detallada ley de derechos civiles cuyo objetivo es proteger a las personas con discapacidad de la discriminación. Antes de la ADA, las personas con discapacidades no tenían muchas protecciones legales. En 1964 se aprobó la Ley de Derechos Civiles de 1964. Esta ley hacía ilegal la discriminación de las personas por su raza, religión, género, origen nacional (país de origen) y muchas otras cosas. Pero las personas con discapacidades no estaban incluidas ni protegidas por la Ley de Derechos Civiles de 1964. La ADA otorgó las protecciones de la Ley de Derechos Civiles -y algunas otras- a las personas con discapacidad.


 

¿Quién está protegido por la ADA?

La ADA protege a las personas con discapacidades. La ADA dice que una discapacidad es un problema físico o mental que hace muy difícil realizar al menos una "actividad vital importante". Las actividades vitales principales son cosas como caminar, respirar, aprender, leer, comunicarse, ver, oír, pensar y otras tareas muy importantes.

La ADA no incluye una lista completa de todas las discapacidades posibles, pero da algunos ejemplos. Siempre que dificulten en gran medida la realización de al menos una actividad vital importante, los ejemplos de discapacidades protegidas por la ADA incluyen:

La ADA también considera a algunos otros grupos de personas como "personas con discapacidad" para protegerlas de la discriminación:

  • Una persona que ha tenido una discapacidad en el pasado (por ejemplo, una persona que solía ser drogadicta)
  • Alguien que tiene una relación con una persona con discapacidad (por ejemplo, alguien cuya esposa o marido tiene el VIH)
  • Cuando otras personas piensan que una persona tiene una discapacidad, incluso si están equivocados, la persona cuenta como una persona con discapacidad


 Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990, página 1  Zoom
Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990, página 1  

Ley de Americanos con Discapacidades de 1988, S. 2346, Página 1  Zoom
Ley de Americanos con Discapacidades de 1988, S. 2346, Página 1  

Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990, página 2  Zoom
Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990, página 2  

¿Quién no está protegido por la ADA?

La ADA enumera algunas condiciones que no se cuentan como discapacidades. Las personas con estas condiciones no están protegidas por la ADA. El objetivo de no incluir a estas personas era asegurarse de que no se abusaba del objetivo de la ADA de proteger a las personas con discapacidad.

Las condiciones que no cuentan como discapacidades bajo la ADA incluyen:


 

Secciones de la ADA

La ADA tiene cinco secciones, que se denominan títulos. Cada título protege contra un tipo diferente de discriminación. Los títulos están numerados en números romanos: I (uno), II (dos), III (tres), IV (cuatro) y V (cinco).

Título I: Empleo

El Título I de la ADA protege contra la discriminación en el empleo (trabajo).

¿Qué empleadores están cubiertos por la ADA?

No todos los empleadores tienen que seguir las normas de la ADA. Los empleadores que están cubiertos por la ADA, y tienen que seguir las normas de la ADA, se llaman "entidades cubiertas".

Los empleadores que tienen que seguir las reglas de la ADA incluyen:

  • Empleadores (incluidas las organizaciones religiosas) con 15 o más trabajadores
  • Agencias de empleo (lugares que ayudan a las personas a encontrar trabajo)
  • Organizaciones laborales (sindicatos)

¿Qué tienen que hacer los empresarios?

El Título I dice que los empresarios amparados por la ADA no pueden discriminar a una persona con discapacidad, siempre que esa persona esté cualificada (sea capaz) de realizar su trabajo. El Título I no dice que las personas con discapacidad tengan que ser contratadas para trabajos para los que no están cualificadas.

Estos empleadores sí tienen que hacer "ajustes razonables" a los trabajadores con discapacidades si los necesitan. Una "adaptación" es un cambio en la forma de hacer las cosas habitualmente. Es un cambio que un trabajador necesita a causa de una discapacidad, para ayudarle a hacer su trabajo. Si un trabajador con discapacidad necesita adaptaciones razonables para hacer su trabajo, eso no significa que no esté cualificado para hacer su trabajo. Mientras el trabajador sea capaz de hacer su trabajo con la ayuda de adaptaciones, está cualificado para hacer el trabajo.

Algunas adaptaciones son muy sencillas, como permitir que un trabajador tenga un vaso de agua en su escritorio para que pueda tomar medicamentos. Ejemplos de otras adaptaciones son:

  • Permitir que un trabajador tenga un equipo especial que le ayude a hacer su trabajo (como un teléfono especial para una persona que tiene problemas de audición)
  • Cambiar el horario del trabajador (por ejemplo, para que pueda acudir a las citas con el médico)
  • Cambiar la forma de explicar o elegir los puestos de trabajo

Sin embargo, la adaptación debe ser "razonable". Una adaptación no es razonable si resulta muy difícil o muy cara. Si una adaptación no es razonable, el empleador no está obligado a realizarla.

¿Qué es la discriminación laboral?

El Título I protege contra muchos tipos de discriminación, incluyendo:

  • No contratar a alguien que puede hacer un trabajo, sólo porque tiene una discapacidad
  • Despedir a un trabajador que puede hacer su trabajo, sólo porque tiene una discapacidad
  • No dejar que un trabajador consiga un mejor trabajo, sólo porque tiene una discapacidad
  • No permitir que un trabajador reciba la misma formación que los trabajadores sin discapacidades
  • Mantener a un trabajador con discapacidad separado de los trabajadores sin discapacidad
  • Acosar a un trabajador con discapacidad
  • Pagar a un trabajador con discapacidad menos que a otros trabajadores sin discapacidad
  • No permitir que un trabajador con discapacidad tenga un ajuste razonable que le ayude a realizar su trabajo

Normalmente, los empresarios no pueden preguntar a los trabajadores o a las personas que solicitan un empleo si tienen una discapacidad, ni pedirles que den detalles sobre su discapacidad.

Reclamaciones

Si una persona con discapacidad cree que su empleador la ha discriminado, puede presentar una queja ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). La queja tiene que presentarse en un plazo de 180 días desde que se produjo la discriminación. Si la EEOC considera que se ha producido una discriminación, enviará una carta en la que informará a la persona con discapacidad de que tiene derecho a demandar (presentar una demanda) a su empleador. La persona con discapacidad puede entonces presentar una demanda ante un tribunal federal.

Título II: Actividades de los gobiernos estatales y locales - y transporte público

El Título II protege contra la discriminación en todas las actividades de los gobiernos estatales y locales.

¿Qué tienen que hacer los gobiernos estatales y locales?

Actividades gubernamentales

Los gobiernos estatales y locales tienen que dar a las personas con discapacidad las mismas oportunidades que a las personas sin discapacidad para utilizar todos sus programas y servicios. Si las personas con discapacidad necesitan ajustes razonables para poder participar en estos programas, el gobierno estatal o local tiene que hacerlos.

Por ejemplo, a las personas con discapacidad se les debe permitir, al igual que a las personas sin discapacidad,:

  • Ir a las escuelas públicas
  • Trabajar para gobiernos estatales o locales
  • Tener una asistencia sanitaria tan buena como la que tienen las personas sin discapacidades
  • Utilizar los servicios sociales (programas gestionados por el estado o el gobierno local para las personas que necesitan ayuda)
  • Utilizar los tribunales
  • Votar - en un lugar que satisfaga las necesidades especiales que puedan tener las personas con discapacidad (por ejemplo, todos los lugares de votación tienen que ser accesibles para las personas en silla de ruedas)

Los gobiernos estatales y locales también tienen que hacerlo:

  • Hacer que sus edificios sean accesibles para las personas con discapacidades (por ejemplo, construyendo rampas para sillas de ruedas, añadiendo ascensores y añadiendo baños que puedan ser utilizados por personas en silla de ruedas)
  • Realizar ajustes razonables en las normas y formas de hacer las cosas, si una persona con discapacidad lo necesita (por ejemplo, permitiendo que una persona con discapacidad tenga a alguien que le ayude a votar, si no puede escribir, leer o ver)
  • Tener formas de comunicarse con las personas que tienen discapacidades auditivas, del habla o de la vista
Transporte público

Una parte especial del Título II cubre el transporte público. Protege a las personas con discapacidad para que no sean discriminadas en el transporte público. Esto incluye los autobuses urbanos, el metro, los trenes de cercanías, el Amtrak y todos los demás medios de transporte que pueda utilizar el público.

Los gobiernos locales y estatales tienen que hacerlo:

  • Asegurarse de que todos los vehículos nuevos que compren sean accesibles para las personas con discapacidad
  • Honestamente, trate de comprar o alquilar autobuses usados que sean accesibles
  • Remodelar los autobuses para que sean accesibles

Siempre que haya una línea de autobús o de tren que siga una ruta fija (no puede hacer paradas especiales), el gobierno debe proporcionar paratránsito. El paratránsito es un servicio para las personas con discapacidad que no pueden utilizar el sistema de transporte público regular. El paratránsito (normalmente un coche o un autobús) les recoge y les deja donde necesitan ir.

Reclamaciones

Si una persona con discapacidad cree que ha sido discriminada por un gobierno estatal o local, puede presentar una queja ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos. La queja tiene que presentarse en un plazo de 180 días desde que se produjo la discriminación. Después de que la persona presente su queja pueden ocurrir varias cosas:

  • La queja puede ser enviada a un programa de mediación. La persona con discapacidad, alguien del gobierno estatal o local y un mediador se reunirán. El trabajo del mediador es ayudar a todos a llegar a una solución con la que todos estén de acuerdo.
  • El Departamento de Justicia puede presentar una demanda contra el gobierno estatal o local

Una persona con discapacidad también puede presentar su propia demanda ante un tribunal federal, diciendo que el gobierno estatal o local le ha discriminado. La persona no necesita quejarse primero al Departamento de Justicia ni que éste le diga que tiene derecho a demandar.

Título III: Alojamientos públicos

¿Quién está cubierto por el Título III?

El Título III protege contra la discriminación por parte de los "alojamientos públicos". Los alojamientos públicos son organizaciones privadas o personas que poseen, alquilan o gestionan lugares destinados al uso del público. Algunos ejemplos de alojamientos públicos son:

* Restaurantes

* Tiendas

* Hoteles

* Cines

* Hospitales

* Refugios para personas sin hogar

* Zoológicos

* Escuelas privadas

* Estadios deportivos

* Museos

* Centros de convenciones

* Consultorios médicos

* Funerarias

* Guarderías

* Parques

El Título III también protege contra la discriminación por:

  • Servicios de transporte prestados por empresas privadas
  • Instalaciones comerciales (como edificios de oficinas, fábricas y almacenes)
  • Empresas privadas que dan exámenes e imparten clases a personas que quieren una certificación educativa o laboral

Hay dos tipos de lugares que están exentos del Título III y no tienen que seguir sus normas. Estos son:

  • Lugares controlados por organizaciones religiosas, incluyendo iglesias, sinagogas, mezquitas y otros lugares de culto
  • Clubes privados

¿Qué tienen que hacer los alojamientos públicos?

Todos los alojamientos públicos tienen que hacer estas cosas:

  • Cuando se construye un nuevo edificio, éste debe ser accesible.
  • Si se está "alterando" (cambiando) un edificio, los cambios tienen que hacer las cosas accesibles, si es posible. (Por ejemplo, si se traslada una puerta, la nueva debe ser lo suficientemente ancha para que pueda pasar una silla de ruedas). Pero los alojamientos públicos no tienen que hacer que sus cambios sean accesibles si eso supone un aumento de más del 20% en el coste de la realización del cambio.
  • Deshágase de cualquier barrera en sus edificios que haga que éstos no sean accesibles. (Por ejemplo, moviendo una mesa o una máquina expendedora que haga que un pasillo sea demasiado estrecho para que pase una silla de ruedas).

Las reglas de lo que es "accesible" se establecen en las Normas de Diseño de Accesibilidad de la ADA de 2010. Algunos ejemplos de estas normas son:

  • Añadir ascensores, elevadores para sillas de ruedas o rampas para sillas de ruedas en edificios que sólo tienen escaleras
  • Hacer las puertas lo suficientemente anchas para que pasen las sillas de ruedas
  • Incorporación de teléfonos especiales para personas con problemas de audición
  • Poner braille en los botones de los ascensores para invidentes

La mayoría de los alojamientos públicos (pero no las instalaciones comerciales) tienen que hacer estas cosas:

  • Asegúrese de que todas las personas con discapacidad tengan el mismo acceso a todo lo que hacen las personas sin discapacidad. Tienen que crear adaptaciones razonables si esto ayuda a que las cosas sean iguales. (Por ejemplo, vea la imagen de arriba: un parque estatal ha construido una rampa para sillas de ruedas para que las personas en silla de ruedas puedan pescar en el mismo parque que las personas sin discapacidad. Sin esta rampa, las personas con discapacidades no tendrían igualdad de acceso al parque, porque no podrían pescar en el parque como lo harían las personas sin discapacidades).
  • Cuando se construyen o modifican piscinas, piscinas para niños y spas, tienen que hacer un camino accesible para que las personas con discapacidad puedan entrar y salir.
  • Asegúrese de que las personas con discapacidad puedan comprar y hacer cosas en los mismos lugares que las personas sin discapacidad.
  • Deshágase de las normas que imposibilitan a las personas con discapacidades comprar y hacer cosas en lugares públicos.
  • Realice ajustes razonables en las normas y formas de hacer las cosas, para asegurarse de que las personas con discapacidad puedan comprar y hacer cosas en los establecimientos públicos. (Por ejemplo, una tienda de ropa puede tener la norma de que sólo se permite que una persona esté en un probador a la vez. Algunas personas con discapacidad necesitan ayuda para vestirse. La tienda tendría que cambiar su norma para decir que se permiten dos personas en un probador si una de ellas necesita ayuda para vestirse debido a una discapacidad).
  • Disponga de herramientas especiales para comunicarse con personas con discapacidad (como un teléfono especial para hablar con personas sordas o con problemas de audición).
  • Hacer que el transporte sea accesible para las personas con discapacidad (por ejemplo, las empresas privadas que proporcionan transporte tienen que tener al menos algunos vehículos accesibles, como furgonetas para sillas de ruedas, o autobuses que puedan acercarse al suelo para que las personas en silla de ruedas puedan subir sin tener que subir escaleras)

Las empresas privadas que imparten clases o dan exámenes deben realizar ajustes razonables para que las personas con discapacidad puedan tomar las clases o los exámenes. Algunos ejemplos de adaptaciones razonables son:

  • Dar tiempo extra a una persona con problemas de aprendizaje para hacer un examen
  • Cambiar la forma en que se imparte una clase o un examen a una persona con discapacidad (por ejemplo, contar con un intérprete de lenguaje de signos para una persona sorda, o hacer que alguien lea los libros de la clase en voz alta a una persona ciega)
  • Asegurarse de que la clase o la prueba se realiza en un edificio accesible

Reclamaciones

Si una persona con discapacidad cree que ha sido discriminada por un establecimiento público, puede presentar una queja ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Pueden escribir una carta, enviarla por fax o utilizar un formulario en línea en http://www.ada.gov/filing_complaint.htm. Después de que la persona presente su queja pueden ocurrir varias cosas:

  • La queja puede ser enviada a un programa de mediación. La persona con discapacidad, alguien del establecimiento público y un mediador se reunirán. El trabajo del mediador es ayudar a todos a llegar a una solución con la que todos estén de acuerdo.
  • El Departamento de Justicia puede interponer una demanda contra el establecimiento público.

Si una persona no puede escribir, enviar por fax o mecanografiar una queja debido a una discapacidad, el Departamento de Justicia hará los ajustes razonables para ayudar. La persona puede llamar a la Línea de Información de la ADA del Departamento de Justicia. La Línea de Información es atendida por especialistas de la ADA. La persona con discapacidad puede explicar su queja y el Especialista se la anotará. Si la persona es sorda y utiliza el lenguaje de signos americano, un Especialista puede tomar su queja por videoteléfono (para que puedan verse y hacerse señas mutuamente).

Una persona también puede presentar su propia demanda contra el alojamiento público, sin necesidad de que el Departamento de Justicia diga que tiene "derecho a demandar".

Título IV: Telecomunicaciones

¿Quién está cubierto por el Título IV?

El Título IV de la ADA protege contra la discriminación por parte de las empresas de telecomunicaciones en EE.UU. (como las compañías telefónicas).

El Título IV protege a cualquier persona con una discapacidad, pero se centra en las personas con discapacidades del habla y del oído, porque son las que tienen más problemas para hablar por teléfono.

¿Qué tienen que hacer las empresas de telecomunicaciones?

El Título IV dice que todas las empresas de telecomunicaciones de Estados Unidos tienen que asegurarse de que las personas con discapacidades tengan un acceso igualitario a las telecomunicaciones. Esto significa que tienen que proporcionar servicios de telecomunicaciones tan buenos como los que reciben las personas sin discapacidad. Por ejemplo, tienen que hacerlo:

  • Crear servicios de retransmisión. Un servicio de retransmisión es una forma de que un operador telefónico ayude a una persona con una discapacidad auditiva o del habla a llamar a un teléfono normal. Para ello, la persona con discapacidad utiliza un teclado o alguna otra herramienta especial.
  • Hacer que sus servicios de relevo estén disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
  • No cobrar a las personas con discapacidad más de lo que cobran a las personas sin discapacidad.

Los servicios de relevo han cambiado mucho desde 1990. Al principio, los servicios de relevo más comunes eran los dispositivos de teletipo (TTY) y de telecomunicaciones para sordos (TDD). Eran como teléfonos con máquinas de escribir conectadas. Dos personas con TDD podían teclear una y otra vez entre sí. O bien, si una persona con discapacidad quería llamar a un teléfono normal (como una pizzería), podía teclear en el teléfono, un operador leía el mensaje en voz alta a la pizzería, escuchaba la respuesta del restaurante y se la devolvía a la persona con discapacidad.

El Título IV también llevó a todos los estados de EE.UU. a crear Servicios de Retransmisión de Telecomunicaciones (TRS), como la retransmisión STS. STS son las siglas de Speech-to-Speech. Se creó para las personas que tienen problemas para hablar. Los operadores de relevo STS escuchan lo que la persona está diciendo y lo repiten con una voz clara para que la otra persona lo entienda mejor. Hoy en día, muchas de las llamadas que utilizan el TRS se realizan a través de Internet por consumidores que utilizan conexiones de banda ancha. Algunas son llamadas del Servicio de Retransmisión de Vídeo (VRS), mientras que otras son llamadas de texto. De cualquier manera, los asistentes de comunicación traducen entre las palabras firmadas o mecanografiadas de un consumidor y las palabras habladas de otros. En 2006, según la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC), las llamadas del VRS alcanzaron una media de dos millones de minutos al mes.

Reclamaciones

Las quejas por discriminación en virtud del Título IV se dirigen a la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC).

Título V: Varios

El Título V incluye otras normas adicionales. Por ejemplo, dice

  • Nada en la ADA cambia o anula nada de la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación. La Sección 504 fue la primera ley que otorgó algún derecho civil a las personas con discapacidad.
  • Nadie puede ser castigado por utilizar sus derechos ADA, o por ayudar a otra persona a utilizar sus derechos ADA. (Castigar a una persona por este motivo se llama represalia).


 Una persona sorda en el trabajo se comunica con una persona oyente mediante un servicio de retransmisión por vídeo. Utiliza el lenguaje de signos, que la operadora traduce en voz alta para la persona oyente.  Zoom
Una persona sorda en el trabajo se comunica con una persona oyente mediante un servicio de retransmisión por vídeo. Utiliza el lenguaje de signos, que la operadora traduce en voz alta para la persona oyente.  

Ejemplo de una cabina de ducha accesible en un parque estatal de Virginia  Zoom
Ejemplo de una cabina de ducha accesible en un parque estatal de Virginia  

El Título III dice que los lugares públicos y los negocios tienen que ser accesibles - por ejemplo, teniendo rampas para sillas de ruedas como ésta  Zoom
El Título III dice que los lugares públicos y los negocios tienen que ser accesibles - por ejemplo, teniendo rampas para sillas de ruedas como ésta  

La ADA establece normas para la construcción de instalaciones públicas accesibles. Se muestra una señal que indica una plataforma de pesca accesible en el lago Drano, en Washington.  Zoom
La ADA establece normas para la construcción de instalaciones públicas accesibles. Se muestra una señal que indica una plataforma de pesca accesible en el lago Drano, en Washington.  

Un autobús accesible, con elevador para sillas de ruedas, en Oregón  Zoom
Un autobús accesible, con elevador para sillas de ruedas, en Oregón  

El Título II dice que las personas con discapacidad, como este niño de seis años con síndrome de Down, deben poder ir a las escuelas públicas. Este niño está listo para su primer día de escuela  Zoom
El Título II dice que las personas con discapacidad, como este niño de seis años con síndrome de Down, deben poder ir a las escuelas públicas. Este niño está listo para su primer día de escuela  

Preguntas y respuestas

P: ¿Qué es la Ley de Americanos con Discapacidades (ADA)?


R: La ADA es una ley aprobada por el Congreso de los Estados Unidos en 1990 que ofrece una protección detallada de los derechos civiles de las personas con discapacidades frente a la discriminación.

P: ¿Quién firmó la ley ADA?


R: El presidente George H. W. Bush firmó la ADA como ley el 26 de julio de 1990.

P: ¿Cuándo comenzaron los cambios en la ADA?


R: Los cambios de la ADA comenzaron el 1 de enero de 2009, cuando el presidente George W. Bush los modificó y los convirtió en ley.

P: ¿Cuál era el objetivo de la aprobación de la ADA?


R: El objetivo de la aprobación de la ADA era proteger de la discriminación a las personas con discapacidad, que antes de su aprobación tenían pocas protecciones legales.

P: ¿Cuándo se aprobó la Ley de Derechos Civiles de 1964?


R: La Ley de Derechos Civiles de 1964 se aprobó en 1964.

P: ¿Qué hizo ilegal la Ley de Derechos Civiles de 1964? R: La Ley de Derechos Civiles de 1964 hizo ilegal la discriminación de las personas por su raza, religión, sexo, origen nacional (país de origen) y muchas otras cosas.

P: ¿Se incluyó o protegió a las personas con discapacidades en esta ley? R: No, las personas con discapacidades no estaban incluidas ni protegidas bajo esta ley antes de la aprobación de la ADA en 1990, que les otorgó protecciones similares a las de esta ley.

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