Visa

Un visado (abreviatura del latín carta visa, lit. "el documento que ha sido visto") es un permiso otorgado por un país que permite a alguien ir a ese país. Un visado es un documento que una embajada estampa en el pasaporte de una persona. En él se menciona el tipo de visita y se indica el tiempo que puede permanecer la persona. A veces, las personas tienen que pasar una entrevista en la embajada antes de obtener el visado.


Muchos países exigen que los visitantes
 extranjeros tengan un pasaporte válido y un visado antes de poder entrar en el país, pero hay excepciones (ver más abajo ejemplos de ellas).

Los visados están asociados a la solicitud de permiso para entrar (o salir) de un país, por lo que, para algunos países, no son lo mismo que un permiso formal real para que un extranjero entre y permanezca en el país.

Algunos países, como algunos estados de la antigua Unión Soviética, exigen que sus ciudadanos, y a veces los viajeros extranjeros, obtengan un visado de salida para poder abandonar el país. Hasta 2004, a los estudiantes extranjeros en Rusia sólo se les expedía un visado de entrada al ser aceptados en la universidad, y tenían que obtener un visado de salida para volver a casa. Esta política ha cambiado desde entonces, y los estudiantes extranjeros reciben ahora un visado de entrada (y salida) múltiple.

Condiciones de emisión

Algunos visados pueden concederse a la llegada o mediante una solicitud previa en la embajada o el consulado del país, o a veces a través de una agencia de viajes especializada con permiso del país emisor en el país de salida. Si no hay embajada o consulado en el país de origen, habrá que viajar a un tercer país (o solicitarlo por correo) y tratar de conseguir un visado allí. La necesidad de un visado suele depender de la nacionalidad del solicitante, del tiempo que tenga previsto permanecer y de las actividades que desee realizar en el país que visita. Esto puede dar lugar a diferentes categorías formales de visados, con diferentes condiciones de expedición.

Algunos países, aunque no todos, tienen regímenes de visado recíprocos: si el país A exige a los ciudadanos del país B un visado para viajar allí, el país B puede aplicar la reciprocidad y exigir un visado a los ciudadanos del país A. Asimismo, si A permite a los ciudadanos de B entrar sin visado, B puede permitir a los ciudadanos de A entrar sin visado.

Ejemplos de estos regímenes de visados recíprocos son entre:

  • Argelia [1] y Canadá [2]
  • la mayoría de los Estados miembros de la CEI y los países africanos
  • Brasil y los Estados miembros de la CEI/Canadá
  • Armenia y la mayoría de los Estados no miembros de la CEI [3].

Se puede cobrar una tasa por la emisión de un visado; normalmente también son recíprocas, de modo que si el país A cobra a los ciudadanos del país B 50 USD por un visado, el país B también suele cobrar la misma cantidad a los visitantes del país A. La tasa que se cobra también puede ser a discreción de cada embajada. Una reciprocidad similar suele aplicarse a la duración del visado (el periodo en el que se puede solicitar la entrada al país) y al número de entradas que se pueden intentar con el visado. La tramitación acelerada de la solicitud de visado para algunos países suele conllevar gastos adicionales.

Esta tasa recíproca se ha hecho más común en los últimos años con la decisión de Estados Unidos de cobrar a los nacionales de varios países una tasa de tramitación de visado de 100 dólares (no reembolsable, incluso si no se expide el visado). Varios países, como Brasil, Chile y Turquía, han hecho lo mismo. Brasil exige un visado por adelantado antes de entrar en el país, y que se tomen las huellas dactilares y se fotografíe a los ciudadanos estadounidenses a su llegada, lo que coincide con los requisitos estadounidenses para los brasileños y otros extranjeros.

La autoridad emisora, que suele ser una rama del ministerio o departamento de asuntos exteriores del país (por ejemplo, el Departamento de Estado de EE.UU.), y normalmente los funcionarios de asuntos consulares, pueden pedir al solicitante la documentación adecuada. Esto puede incluir una prueba de que el solicitante es capaz de mantenerse en el país de acogida (alojamiento, comida), una prueba de que la persona que acoge al solicitante en su casa existe realmente y tiene espacio suficiente para acoger al solicitante, una prueba de que el solicitante ha obtenido un seguro de salud y de evacuación, etc. Algunos países piden una prueba del estado de salud, especialmente para los visados de larga duración; algunos países deniegan estos visados a personas con determinadas enfermedades, como el SIDA. Las condiciones exactas dependen del país y de la categoría del visado. Ejemplos notables de países que exigen la prueba del VIH a los residentes de larga duración son Rusia [4] y Uzbekistán. [5] Sin embargo, en Uzbekistán, el requisito de la prueba del VIH a veces no se aplica estrictamente. [6]

Los países desarrollados suelen exigir pruebas fehacientes de la intención de regresar al país de origen, si el visado es para una estancia temporal, y especialmente si el solicitante es de un país en desarrollo, por motivos de inmigración.

La autoridad emisora también puede exigir a los solicitantes que atestigüen que no han tenido condenas penales o que no participan en determinadas actividades (como la prostitución o el tráfico de drogas). Algunos países deniegan los visados si los pasaportes de los viajeros muestran pruebas de ciudadanía o de haber viajado a un país que no está reconocido por ese país. Por ejemplo, Arabia Saudí no expide visados a los nacionales de Israel o a quienes tengan constancia de haber visitado ese país.

Tipos de visado

Los tipos de visados más comunes son:

  • Un visado de tránsito, generalmente válido por 3 días o menos, para pasar por el país hacia un tercer destino.
  • Un visado de turista, para un periodo limitado de viajes de ocio, no se permiten actividades de negocios. Algunos países no expiden visados de turista. Arabia Saudí no introdujo los visados de turista hasta 2004, aunque sí emitió (y sigue emitiendo) visados de peregrinación para los peregrinos del Hajj.
  • Un visado de negocios, para ejercer el comercio en el país. Estos visados generalmente excluyen el empleo permanente, para el que se necesitaría un visado de trabajo.
  • Un visado de trabajador temporal, para un empleo aprobado en el país de acogida. Suelen ser más difíciles de obtener, pero son válidos durante más tiempo que un visado de negocios. Ejemplos de ellos son los visados H-1B y L-1 de Estados Unidos.
  • Un visado a la llegada, que es un visado concedido inmediatamente antes de entrar en el país, como en un aeropuerto o puesto de control fronterizo. Esto es distinto de no requerir un visado en absoluto, ya que el visitante debe obtener el visado antes de intentar pasar por inmigración. El visado a la llegada no suele ser más que una tasa de llegada, aunque a los visitantes se les puede denegar la entrada incluso con un visado.
  • Un visado conyugal, concedido al cónyuge de un residente o ciudadano de un país determinado, para que la pareja pueda establecerse en ese país. Entre los ejemplos se encuentra el permiso familiar del Reino Unido para el EEE.

Los visados menos comunes son:

  • Un visado de estudiante, que permite a su titular estudiar en una institución de enseñanza superior en el país emisor. Sin embargo, a los estudiantes que estudian en Argelia se les expide un visado de turista. [7]
  • Un visado de trabajo en vacaciones, para personas que viajan entre naciones que ofrecen un programa de trabajo en vacaciones, que permite a los jóvenes realizar un trabajo temporal mientras viajan. Al menos diez países europeos permiten trabajar a estudiantes no comunitarios.

[8]

  • Un visado diplomático (a veces visado oficial), que confiere a su titular el estatus de diplomático y que normalmente sólo está disponible para los portadores de pasaportes diplomáticos.
  • Es un visado de cortesía que se expide a los representantes de gobiernos extranjeros u organizaciones internacionales que no reúnen las condiciones para obtener el estatuto diplomático pero que merecen un trato expeditivo y cortés. Un visado de cortesía no suele conferir privilegios o inmunidades.
  • Un visado de periodista, que algunos países exigen a las personas que ejercen esa profesión cuando viajan para sus respectivas organizaciones informativas. Entre los países que lo exigen están Cuba, Irán, Corea del Norte, Arabia Saudí, Estados Unidos (visado I) y Zimbabue.
  • Visado de prometida, concedido por un periodo limitado antes del matrimonio previsto, basado en una relación probada con un ciudadano del país de destino. Por ejemplo, una mujer alemana que desee casarse con un hombre estadounidense obtendría un visado de prometida (también conocido como visado K-1) para poder entrar en Estados Unidos.
  • Es un visado de inmigrante que se concede a quienes pretenden emigrar al país emisor. Suelen expedirse para un solo viaje, ya que el titular, dependiendo del país, recibirá posteriormente una tarjeta de identificación de residente permanente que le permitirá entrar en el país emisor un número ilimitado de veces. (por ejemplo, la tarjeta de residente permanente de Estados Unidos)...

Periodo de entrada y duración

Los visados también pueden ser de una sola entrada, lo que significa que el visado se anula en cuanto el titular sale del país, de doble entrada o de entrada múltiple, lo que permite varias entradas en el país con el mismo visado. Los países también pueden expedir permisos de reentrada que permiten salir temporalmente del país sin invalidar el visado. Incluso un visado de negocios no suele permitir al titular trabajar en el país de acogida sin un permiso de trabajo adicional.

Una vez expedido, el visado deberá utilizarse normalmente en un plazo determinado.

La validez de un visado no es lo mismo que el periodo de estancia autorizado en el país emisor. La validez del visado suele indicar cuándo el extranjero puede solicitar la entrada en el país. Por ejemplo, si un visado se ha expedido el 1 de enero y expira el 30 de marzo, y el periodo típico autorizado de estancia en un país es de 90 días, entonces la estancia autorizada de 90 días comienza el día en que el viajero llega al país, que tiene que estar entre el 1 de enero y el 30 de marzo. Por tanto, el viajero podría permanecer en el país emisor hasta el 1 de junio.

Una vez en el país, el periodo de validez de un visado o de una estancia autorizada puede ampliarse a menudo pagando una tasa si las autoridades de inmigración así lo deciden. Permanecer más tiempo que el periodo de estancia autorizado por los funcionarios de inmigración se considera inmigración ilegal incluso si el periodo de validez del visado no ha terminado (es decir, para visados de entrada múltiple) y una forma de estar "fuera de estatus" y el infractor puede ser multado, procesado, deportado o incluso incluido en la lista negra (prohibición) de entrar de nuevo en el país.

Entrar en un país sin un visado válido o una exención de visado puede suponer la detención y expulsión (deportación o exclusión) del país. Hacer cosas que no están autorizadas por el estatus de entrada (por ejemplo, trabajar teniendo un estatus de turista no trabajador) puede dar lugar a que el individuo sea considerado removible, en el lenguaje común un extranjero ilegal. Tal violación no es una violación de un visado, a pesar del mal uso común de la frase, sino una violación del estatus, de ahí el término "fuera de estatus".

Incluso tener un visado no garantiza que alguien pueda entrar en un país. Las autoridades fronterizas toman la decisión final de permitir la entrada, e incluso pueden anular un visado en la frontera si el extranjero no puede demostrar a su satisfacción que cumplirá con el estatus que le otorga su visado.

Las leyes de visado e inmigración pueden ser muy diferentes entre países. Por ello, se aconseja a los extranjeros que consulten con abogados de inmigración las leyes de visado e inmigración que rigen en los países a los que desean entrar y la posibilidad de recibir visados u otros beneficios de inmigración.

Extensiones de visado

Muchos países tienen un mecanismo que permite al titular de un visado solicitar una estancia más larga en ese país. Por ejemplo, en Dinamarca, el titular de un visado puede solicitar al Servicio de Inmigración danés un permiso de residencia después de haber llegado al país. En el Reino Unido se puede solicitar a la Agencia de Fronteras e Inmigración. En determinadas circunstancias, el titular del visado no puede hacerlo, bien porque el país no dispone de un mecanismo para prolongar los visados o, muy probablemente, porque el titular del visado está utilizando un visado de corta duración para vivir en un país. En estos casos, el titular suele realizar lo que se conoce como visa run, es decir, salir del país por un periodo corto para solicitar un nuevo visado antes de su regreso o para que le den un nuevo permiso de estancia cuando vuelva a entrar.

Ejemplo de ejecución de un visadoZoom
Ejemplo de ejecución de un visado

Denegación de visado

Un visado puede ser denegado por una serie de razones, entre ellas (pero no sólo) si el solicitante:

  • Ha cometido un fraude o una tergiversación en su solicitud;
  • No pueden demostrar tener fuertes vínculos con su actual país de residencia;
  • Tiene la intención de vivir o trabajar permanentemente en el país que va a visitar;
  • No tiene un motivo legítimo para el viaje;
  • No tiene una forma clara de disponer de recursos suficientes para cuidar de sí mismo durante su estancia en el país;
  • No tiene alojamiento en el país de destino;
  • No ha organizado su transporte;
  • No tiene un seguro médico/de viaje válido para el destino y la duración de la estancia;
  • Tiene antecedentes penales o tiene cargos penales pendientes;
  • No tiene un buen carácter moral;
  • Se presenta con poca antelación;
  • Se considera un riesgo para la seguridad;
  • Que se les haya rechazado su(s) anterior(es) solicitud(es) de visado;
  • Es un ciudadano de un país con el que el país de acogida tiene relaciones escasas o inexistentes;
  • Tiene una enfermedad contagiosa, como la tuberculosis;
  • Tiene violaciones de inmigración anteriores;
  • Nunca ha realizado ningún viaje al extranjero;
  • Ha viajado antes, pero ha sacado visados para otros países que no están cerca del país de destino;
  • No tiene un dominio suficiente de la lengua;
  • Ha planeado unas vacaciones sin otro propósito que el de hacer turismo.

Regímenes de exención de visado

La posesión de un visado válido es una condición para la entrada en muchos países, aunque existen varios regímenes de exención. En algunos casos se puede conceder la entrada sin visado a los titulares de pasaportes diplomáticos, aunque los titulares de pasaportes normales necesiten visado (véase: Pasaporte).

Algunos países tienen acuerdos de reciprocidad que permiten prescindir del visado en determinadas condiciones, por ejemplo, cuando la visita es turística y de duración relativamente corta. Un ejemplo de ello es el Programa de Exención de Visado de Estados Unidos. Estos acuerdos recíprocos pueden derivarse de la pertenencia común a organizaciones internacionales o de un patrimonio compartido:

  • Todos los ciudadanos de los Estados miembros de la CEDEAO, excluidos los definidos por la ley como extranjeros indeseables, pueden entrar y permanecer sin visado en cualquier Estado miembro durante un periodo máximo de 90 días. El único requisito es un documento de viaje válido y certificados de vacunación internacional.
  • Los nacionales de los Estados miembros de la Comunidad de África Oriental no necesitan visado para entrar en ninguno de los Estados miembros.
  • Algunos países de la Commonwealth no exigen visado de turista a los ciudadanos de otros países de la Commonwealth.
  • La mayoría de los países de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) no exigen visado de turista a los ciudadanos de otros países de la ASEAN.
  • Armenia [9] y Uzbekistán [10] permiten a los ciudadanos de los Estados miembros de la CEI, excepto Turkmenistán, entrar sin visado como turistas.

Otros países también pueden conceder unilateralmente la entrada sin visado a los nacionales de determinados países para facilitar el turismo.

Los viajes sin visado entre países también se producen en todos los casos en los que no es necesario el pasaporte para dichos viajes. (Para ver ejemplos de viajes sin pasaporte, consulte Viajes internacionales sin pasaporte).

Visados comunes

Normalmente, los visados sólo son válidos para entrar en el país que los ha expedido. Sin embargo, los países que son miembros de organizaciones regionales o que forman parte de acuerdos regionales pueden expedir visados válidos para entrar en algunos o todos los Estados miembros de la organización o el acuerdo:

  • El visado Schengen puede ser el ejemplo más conocido de visado común. Este visado tiene su origen en el Acuerdo de Schengen de 1985 entre los Estados europeos, que permite una política común de entrada temporal de personas (incluidos los visados). El visado permite a un turista o visitante acceder al espacio cubierto por el acuerdo (conocido como "espacio Schengen" o "Schengenland"). Los ciudadanos de países no pertenecientes a la UE ni al EEE que deseen visitar Europa como turistas, y que necesiten un visado para entrar en el espacio Schengen, sólo tienen que obtener el visado Schengen común en la embajada/consulado de cualquiera de los países Schengen. Después de esto, pueden visitar cualquiera de los países Schengen, o todos ellos, como turistas o por negocios, sin ningún impedimento. No es necesario que obtengan visados separados para todos los países Schengen que deseen visitar.
  • El visado CARICOM se introdujo a finales de 2006 y permitió a los visitantes viajar entre 10 Estados miembros de CARICOM (Antigua y Barbuda, Barbados, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas y Trinidad y Tobago). Estos 10 países miembros habían acordado formar un "Espacio Interior Único" en el que a los viajeros sólo se les sellaría el pasaporte y tendrían que presentar formularios de entrada y salida normalizados y completos en el primer puerto y país de entrada. El visado de la CARICOM era aplicable a los nacionales de todos los países, excepto los Estados miembros de la CARICOM (excepto Haití) y los Estados miembros asociados, Alemania, Canadá, Estados Unidos, Francia, Irlanda, Italia, Japón, Países Bajos, Reino Unido y Sudáfrica, así como los países, territorios o departamentos de ultramar de estos países. El visado CARICOM podía obtenerse en las Embajadas/Consulados de Barbados, Jamaica y Trinidad y Tobago y en los países que no tienen representantes de CARICOM, los formularios de solicitud podían obtenerse en las Embajadas/Consulados del Reino Unido. El visado común sólo estaba previsto para la duración de la Copa del Mundo de Cricket y se suspendió el 15 de mayo de 2007. Sin embargo, se está discutiendo la posibilidad de instituir un visado revisado de la CARICOM con carácter permanente en el futuro.
  • La Visa Única Centroamericana fue implementada por el acuerdo CA-4 entre Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua. Se exige a los ciudadanos de todos los demás países, eliminando la necesidad de visados de entrada separados para cada uno de los países. Las personas que entren en la región con visados de tipo "B" pueden entrar en la zona por cualquier puerto de entrada. Las personas que entren con visados de tipo "C" (emitidos mediante consulta previa al Ministerio de Asuntos Exteriores) deben entrar por un puerto de entrada del país que emitió el visado. Una vez que la persona ha sido admitida, puede viajar a cualquiera de los otros países y se le permite permanecer hasta la fecha autorizada en el Puerto de Entrada original.
  • Las autoridades sectoriales competentes han aprobado un visado turístico único para África Oriental en el marco del programa de integración de la Comunidad de África Oriental (CAO). El visado sería válido para los tres Estados socios de la CAO (Kenia, Tanzania y Uganda). De acuerdo con la propuesta de visado, cualquier embajada de un Estado socio podrá expedir un nuevo visado único para África Oriental. La propuesta de visado se produjo a raíz de un llamamiento de las oficinas de turismo de los estados asociados para que se conceda un visado común que acelere la promoción de la región como destino turístico único, y la Secretaría de la CAO quiere que se apruebe antes de la Feria Mundial del Turismo (o World Travel Market) de noviembre en Londres. Cuando lo apruebe el Consejo de Ministros de África Oriental, los turistas podrán solicitar un visado de entrada a un país que será aplicable en todos los Estados miembros de la región como iniciativa de requisito de entrada único.
  • La UNIVISA (o Univisa) de la SADC ha estado en desarrollo desde que los miembros de la SADC firmaron un Protocolo sobre el Desarrollo del Turismo en 1998. El Protocolo planteaba el objetivo de la Univisa para que la entrada y los viajes internacionales y regionales de los visitantes se produjeran con la mayor fluidez posible. Se esperaba que entrara en funcionamiento a finales de 2002. Su introducción se retrasó y se anunció una nueva fecha de aplicación, finales de 2006. Sin embargo, la SADC pretende ahora que el sistema de univisa entre en funcionamiento en 2008, antes de la Copa Mundial de la FIFA 2010 en Sudáfrica. En un principio, la univisa sólo iba a estar disponible para los visitantes de determinados "mercados de origen", como Australia, los países del Benelux, Francia, Alemania, Italia, Japón, Portugal, España, el Reino Unido y los Estados Unidos. Ahora se espera que, cuando se aplique la Univisa, se aplique a los turistas internacionales (de larga distancia) no pertenecientes a la SADC que viajen a la región y dentro de ella, y que fomente los viajes multidestino dentro de la región. También se prevé que la univisa desbloquee el potencial turístico de los parques transfronterizos al reducir las fronteras entre los países vecinos de los parques. Se espera que el visado sea válido para todos los países con parques transfronterizos (Botsuana, Lesoto, Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Zimbabue) y algunos otros países de la SADC (Angola y Suazilandia).

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