La Vigésima Tercera Enmienda (Enmienda XXIII) a la Constitución de los Estados Unidos amplía el derecho a votar en las elecciones presidenciales a los ciudadanos que residen en el Distrito de Columbia, concediendo al Distrito electores en el Colegio Electoral, como si fuera un estado. La enmienda fue propuesta por el 86º Congreso el 16 de junio de 1960 y ratificada por los estados el 29 de marzo de 1961. Gracias a esta enmienda, por primera vez los residentes del Distrito pudieron participar en la elección directa del Presidente y del Vicepresidente de los Estados Unidos.
Antecedentes y por qué fue necesaria
El Distrito de Columbia fue creado por la Constitución como una entidad federal independiente de cualquier estado, lo que inicialmente dejó a sus residentes sin los derechos que derivan de la condición de estado, entre ellos votar en la elección presidencial. Durante décadas hubo presiones y campañas para corregir esa exclusión, y la Enmienda XXIII fue la solución constitucional que permitió otorgar al Distrito un número de electores en el Colegio Electoral.
Qué establece y cuáles son sus límites
Según los términos de la enmienda, al distrito se le asignan tantos electores como tendría si fuera un estado, pero no más electores que el estado menos poblado (actualmente Wyoming, que tiene tres electores); por tanto, el distrito no puede tener más de tres electores. Incluso si fuera un estado, la población del distrito sólo le daría derecho a tres electores. En la práctica esto significa que el Distrito de Columbia siempre recibe el número mínimo de electores que corresponde a un estado (dos senadores más al menos un representante), es decir, tres.
Limitaciones importantes
- No concede representación en el Congreso: la enmienda únicamente trata sobre los electores para la elección presidencial; el Distrito de Columbia sigue sin tener senadores y su representación en la Cámara de Representantes es limitada a un delegado sin voto pleno en sesiones legislativas.
- No elimina otras desigualdades: los residentes del Distrito conservan diferencias respecto a los ciudadanos de los estados en materia fiscal y de representación federal que han alimentado debates y propuestas de reforma (por ejemplo, el movimiento por la statehood o estadidad del Distrito).
Aplicación práctica y efectos desde su ratificación
El primer ciclo electoral en el que el Distrito participó con electores fue en 1964. Desde la aprobación de esta enmienda, los votos electorales del distrito han sido emitidos para los candidatos presidenciales y vicepresidenciales del Partido Demócrata en todas las elecciones, lo que refleja la fuerte tendencia demográfica y política del Distrito. Actualmente el Distrito dispone de tres votos electorales, que es el máximo que puede recibir según la enmienda.
Debates actuales
La existencia de la Enmienda XXIII plantea cuestiones prácticas en relación con las propuestas de convertir al Distrito en un estado: si el Distrito llegara a adquirir la condición de estado, habría que resolver el destino de los tres electores que la enmienda asigna al “Distrito [de Columbia]” como tal. Entre las opciones debatidas están la derogación o modificación de la enmienda, la reasignación de esos electores o la creación de un pequeño distrito federal sin población permanente que reteniera esos votos (lo que genera controversias constitucionales y políticas).
En resumen, la Enmienda XXIII resolvió la exclusión de los residentes del Distrito de Columbia de la participación en la elección presidencial al otorgarles hasta tres electores en el Colegio Electoral, pero dejó sin cubrir otros aspectos de representación plena en el gobierno federal, motivo por el cual el debate sobre la situación política y constitucional del Distrito continúa vigente.