Enmienda sobre el reparto del Congreso

La Enmienda de Reparto del Congreso (originalmente titulada Artículo Primero) es una propuesta de enmienda a la Constitución de los Estados Unidos. Fue uno de los doce "artículos de enmienda" a la Constitución de los Estados Unidos aprobados por el Primer Congreso el 25 de septiembre de 1789. Se envió a las legislaturas de los distintos estados para su ratificación. Si se aprobaba, establecía una fórmula para determinar el tamaño adecuado de la Cámara de Representantes después de cada censo wikt:decenal exigido por la Constitución. Es la única de las doce enmiendas propuestas que no ha sido adoptada, ya que no ha sido ratificada por suficientes estados para que forme parte de la Constitución.

Dado que el Congreso no fijó un plazo para su ratificación, la Enmienda sobre el Reparto del Congreso sigue técnicamente pendiente ante los estados. Ahora es necesaria la ratificación de otros 27 estados para que se apruebe esta enmienda. El otro artículo de enmienda de 1789 ("Artículo Segundo") de los 12 originales, fue finalmente ratificado en 1992. Se convirtió en la vigésimo séptima enmienda.

Texto

Después de la primera enumeración requerida por el primer artículo de la Constitución, habrá un Representante por cada treinta mil, hasta que el número llegue a cien, después de lo cual la proporción será regulada por el Congreso de manera que no haya menos de cien Representantes, ni menos de un Representante por cada cuarenta mil personas, hasta que el número de Representantes llegue a doscientos; después de lo cual la proporción será regulada por el Congreso de manera que no haya menos de doscientos Representantes, ni más de un Representante por cada cincuenta mil personas.

Fondo

El número "ideal" de escaños en la Cámara de Representantes ha sido objeto de controversia desde la fundación del país. Los delegados de la Convención Constitucional de 1787 fijaron la proporción de representación en un representante por cada 40.000 personas. A sugerencia de George Washington, la proporción se cambió a 1 por cada 30.000. Esta fue la única vez que Washington expresó su opinión sobre cualquiera de las cuestiones que se debatieron durante la convención.

En el Federalista nº 55, James Madison argumentó que el tamaño de la Cámara de Representantes tiene que equilibrar la capacidad del cuerpo para legislar con la necesidad de que los legisladores tengan una relación lo suficientemente cercana al pueblo como para entender sus circunstancias locales, que la clase social de dichos representantes sea lo suficientemente baja como para simpatizar con los sentimientos de la masa del pueblo, y que su poder esté lo suficientemente diluido como para limitar su abuso de la confianza y los intereses públicos.

"... en primer lugar, que un número tan reducido de representantes será un depositario inseguro de los intereses públicos; en segundo lugar, que no poseerán un conocimiento adecuado de las circunstancias locales de sus numerosos electores; en tercer lugar, que serán tomados de esa clase de ciudadanos que menos simpatizarán con los sentimientos de la masa del pueblo, y que serán más propensos a aspirar a una elevación permanente de unos pocos sobre la depresión de la mayoría;..."

Los antifederalistas, que se opusieron a la ratificación de la Constitución, señalaron que no había nada en el documento que garantizara que el número de escaños de la Cámara siguiera representando a circunscripciones pequeñas a medida que aumentara la población general de los estados. Temían que, con el tiempo, si el número de escaños seguía siendo relativamente pequeño y los distritos se hacían más amplios, sólo los individuos conocidos con reputación que abarcaran amplias zonas geográficas podrían asegurarse la elección. También se temía que los congresistas no tuvieran suficiente simpatía y conexión con la gente corriente de su distrito.

Esta preocupación se hizo patente en las distintas convenciones de ratificación de los estados, en las que varios solicitaron específicamente una enmienda para asegurar un tamaño mínimo de la Cámara de Representantes. La resolución de ratificación de Virginia proponía,

Que habrá un representante por cada treinta mil, de acuerdo con la Enumeración o Censo mencionado en la Constitución, hasta que el número total de representantes ascienda a doscientos; después de lo cual ese número se mantendrá o aumentará [sic] según lo disponga el Congreso, de acuerdo con los principios fijados por la Constitución, repartiendo los Representantes de cada Estado a un número mayor de personas de vez en cuando según aumente [sic] la población.

El antifederalista Melancton Smith declaró en la convención de ratificación de Nueva York que,

Ciertamente deberíamos fijar en la Constitución aquellas cosas que son esenciales para la libertad. Si hay algo que cae bajo esta descripción, es el número de la legislatura.

Los federalistas, que apoyaban la ratificación de la Constitución, aplacaron a los que se oponían a ella acordando que el nuevo gobierno debía abordar inmediatamente las preocupaciones de los antifederalistas y considerar la posibilidad de enmendar la Constitución. La garantía de que estas cuestiones se abordarían en el Primer Congreso fue esencial para la ratificación de la nueva forma de gobierno.

Historial legislativo y de ratificación

Una enmienda que establecía una fórmula para determinar el tamaño adecuado de la Cámara de Representantes y el reparto apropiado de representantes entre los estados fue una de las varias propuestas de enmienda a la Constitución presentadas por primera vez en la Cámara el 8 de junio de 1789 por el representante James Madison de Virginia. La intención original de Madison era,

Que en el Artículo I, Sección 2, Cláusula 3, se supriman estas palabras, a saber: "El número de Representantes no excederá de uno por cada treinta mil, pero cada Estado tendrá por lo menos un Representante, y hasta que se haga dicha enumeración;" y en su lugar se inserten estas palabras, a saber: "Después de la primera enumeración real, habrá un Representante por cada treinta mil, hasta que el número ascienda a-, después de lo cual la proporción será regulada por el Congreso, de modo que el número nunca será menor de-, ni mayor de-, pero cada Estado tendrá, después de la primera enumeración, por lo menos dos Representantes; y antes de ello".

Ésta, junto con las demás propuestas de Madison, fue remitida a un comité formado por un representante de cada estado. Tras salir del comité, el pleno de la Cámara debatió el asunto y, el 24 de agosto de 1789, lo aprobó junto con otros dieciséis artículos de enmienda. Las propuestas pasaron a continuación al Senado, que introdujo 26 modificaciones sustanciales. El 9 de septiembre de 1789, el Senado aprobó un paquete reducido y consolidado de doce artículos de enmienda. En esta enmienda se modificó la fórmula de reparto que debía seguirse una vez que el número de miembros de la Cámara llegara a 100.

En el momento en que se envió a los estados para su ratificación, un voto afirmativo de diez estados habría hecho operativa esta enmienda. Ese número aumentó a once el 4 de marzo de 1791, cuando Vermont se unió a la Unión. A finales de 1791, a la enmienda sólo le faltaba un estado para conseguirlo. Sin embargo, cuando Kentucky alcanzó la condición de estado el 1 de junio de 1792, el número subió a doce y, aunque Kentucky ratificó la enmienda ese verano (junto con las otras once enmiendas), todavía le faltaba un estado. Ningún otro estado ratificó esta enmienda desde entonces. Para pasar a formar parte de la Constitución, se necesitan 27 ratificaciones adicionales.

Eugene Martin LaVergne, un antiguo abogado, afirma haber encontrado pruebas de que toda la propuesta de Carta de Derechos, incluida esta propuesta de enmienda, fue ratificada por Connecticut en 1790. Por tanto, la ratificación de Kentucky en 1792 habría sido suficiente para que la enmienda cumpliera el requisito constitucional de formar parte de la Constitución. Sin embargo, según LaVergne, la ratificación de Connecticut nunca se remitió al Congreso para que actuara. LaVergne argumentó este punto en una demanda contra varios funcionarios federales, pero el caso fue desestimado. La desestimación fue confirmada per curiam por el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Tercer Circuito, poniendo fin al caso.

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Preguntas y respuestas

P: ¿Qué es la Enmienda de Reparto del Congreso?


R: La Enmienda de Reparto del Congreso es una propuesta de enmienda a la Constitución de los Estados Unidos que establecería una fórmula para determinar el tamaño adecuado de la Cámara de Representantes tras cada censo decenal exigido por la Constitución.

P: ¿Cuándo fue aprobada por el Congreso?


R: Fue aprobada por el Congreso el 25 de septiembre de 1789.

P: ¿Cuántos estados deben ratificarla para que forme parte de la Constitución?


R: Debe ser ratificada por 27 estados más para que forme parte de la Constitución.

P: ¿Qué ocurrió con una de las otras doce enmiendas propuestas en 1789?


R: Una de ellas, conocida como Artículo Segundo, fue finalmente ratificada en 1992 y pasó a conocerse como la Vigésimo Séptima Enmienda.

P: ¿Fijó el Congreso un plazo para la ratificación de esta enmienda?


R: No, el Congreso no fijó un plazo para su ratificación, por lo que técnicamente sigue pendiente ante los estados.
P: ¿Cuántos artículos en total se enviaron a las legislaturas estatales para su ratificación? R: Doce "artículos de enmienda" fueron enviados a las legislaturas estatales para su ratificación.

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