Onus probandi

La carga de la prueba (en latín: onus probandi) es un nivel de prueba que debe alcanzar la parte que pretende demostrar un hecho antes de que se acepte en un tribunal. El dicho latino es "semper necessitas probandi incumbit ei qui agit". Significa: "la necesidad de la prueba corresponde siempre a quien acusa".

En un caso penal, la carga de la prueba recae en la acusación. El acusado no está obligado a demostrar su inocencia. El estándar que la acusación debe alcanzar es la prueba de su versión de los hechos más allá de una duda razonable. En un juicio civil, la carga de la prueba recae en el que presenta el caso ante el tribunal, llamado demandante. En un juicio civil la carga de la prueba recae en el demandante. La norma que debe cumplirse es que la "preponderancia de las pruebas" (el peso de las pruebas) sea suficiente para demostrar su caso.

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Defensa afirmativa

Si un acusado en un caso civil o penal quiere aportar una serie de hechos alternativos a los proporcionados por la acusación o el demandante, esto se llama "defensa afirmativa". Esto traslada la carga de la prueba al demandado para que demuestre su versión de los hechos. El demandado tratará de excusar o justificar sus acciones que dieron lugar a la demanda. Las defensas afirmativas más comunes incluyen la trampa, la autodefensa, las manos sucias, la locura y la prescripción.

Preponderancia de las pruebas

La preponderancia de las pruebas, también conocida como "equilibrio de probabilidades", es el criterio requerido en la mayoría de los casos civiles. También se utiliza en los tribunales de familia para las determinaciones que sólo implican dinero, como la manutención de los hijos en virtud de la Ley de Normas de Manutención de los Hijos.

La norma se cumple si la proposición tiene más probabilidades de ser verdadera que de no serlo. La norma se cumple si hay más de un cincuenta por ciento de posibilidades de que la proposición sea cierta. Lord Denning, en Miller v. Minister of Pensions, lo describió simplemente como "más probable que no". Hasta 1970, ésta era también la norma utilizada en los tribunales de menores de Estados Unidos. Se trata de una carga mucho menor que la de "más allá de toda duda razonable", el umbral que debe cumplir un fiscal en los juicios penales.

Más allá de toda duda razonable

Este es el estándar más alto utilizado como carga de la prueba en los países derechocomún. Normalmente sólo se aplica en los procesos penales. Si existe una duda real, basada en la razón y el sentido común después de una consideración cuidadosa e imparcial de todas las pruebas (o la falta de pruebas) en un caso, entonces el nivel de prueba no se ha cumplido. Si el jurado, o el juez en un juicio sin jurado, no tiene ninguna duda sobre la culpabilidad del acusado, o si sus únicas dudas son dudas irrazonables, entonces el fiscal ha probado que el acusado es culpable.

Preguntas y respuestas

P: ¿Qué es la carga de la prueba?


R: La carga de la prueba es un nivel de prueba que una parte que intenta demostrar un hecho debe alcanzar antes de que sea aceptado en un tribunal de justicia.

P: ¿Cuál es la carga de la prueba en un caso penal?


R: En un caso penal, la carga de la prueba recae sobre la acusación.

P: ¿Está obligado un acusado a demostrar su inocencia en un caso penal?


R: No, un acusado no está obligado a demostrar su inocencia en un caso penal.

P: ¿Qué nivel de prueba debe alcanzar la acusación en un caso penal?


R: La acusación debe alcanzar el nivel de prueba de su versión de los hechos "más allá de toda duda razonable" en un caso penal.

P: ¿Cuál es la carga de la prueba en un juicio civil?


R: En un juicio civil, la carga de la prueba recae sobre el que lleva el caso ante el tribunal, llamado demandante.

P: ¿Qué estándar debe cumplir el demandante en un juicio civil?


R: La norma que debe cumplirse en un juicio civil es que la "preponderancia de las pruebas" (peso de las pruebas) sea suficiente para probar su caso.

P: ¿Cambia la carga de la prueba según el tipo de caso?


R: Sí, la carga de la prueba es diferente en un caso penal que en un caso civil. En un caso penal, recae sobre la acusación mientras que en un juicio civil recae sobre el demandante.

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