Convención de la ONU (CEDAW): qué es y quién la ratificó

Convención CEDAW de la ONU: qué es, por qué importa y quiénes la ratificaron — historia, alcance y lista de países que protegen y promueven los derechos de la mujer.

Autor: Leandro Alegsa

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer es una convención y una de las normas internacionales de derechos humanos adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 y que entró en vigor el 3 de septiembre de 1981, establecida para prohibir toda discriminación contra la mujer y garantizar sus derechos humanos y su libertad en igualdad de condiciones con los hombres. En 2017, 189 países habían ratificado esta Convención, es decir, habían prometido hacerla realidad. Los países que no la han ratificado son Irán, Somalia, Sudán del Sur, Tonga, Estados Unidos y Ciudad del Vaticano.

Qué establece la Convención

La Convención (con alrededor de 30 artículos) define la discriminación contra la mujer y fija obligaciones para los Estados parte con el fin de eliminarla en todos los ámbitos de la vida. Entre sus objetivos y contenidos principales destacan:

  • Prohibición de la discriminación en leyes, políticas y prácticas públicas y privadas.
  • Igualdad en derechos civiles y políticos, como derecho al voto, a participar en la vida pública y a ocupar cargos públicos.
  • Igualdad en educación y empleo, acceso a la formación profesional, condiciones laborales y protección social.
  • Igualdad en la familia y el matrimonio, incluyendo derechos sobre el consentimiento para casarse, la igualdad entre esposos y la protección de la maternidad.
  • Medidas afirmativas (medidas temporales especiales) para acelerar la igualdad sustantiva cuando sea necesario.
  • Obligaciones estatales de revisar y adaptar marcos legales, eliminar estereotipos y garantizar recursos efectivos para las víctimas.

Mecanismos de seguimiento

La implementación de la Convención está supervisada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW), un órgano de expertos independientes que:

  • Recibe informes periódicos de los Estados parte sobre las medidas adoptadas y los progresos realizados.
  • Elabora observaciones finales con recomendaciones a cada país.
  • Publica Recomendaciones Generales que interpretan y aclaran obligaciones sustantivas; entre las más destacadas están la Recomendación General nº 19 (sobre violencia contra la mujer) y la nº 35 (actualización sobre violencia basada en género).

Protocolo facultativo y recursos individuales

Además de la Convención, existe un Protocolo Facultativo que fue adoptado en 1999 y entró en vigor en 2000. El Protocolo permite, entre otras vías:

  • Que personas o grupos presenten comunicaciones individuales ante el Comité, cuando hayan agotado los recursos internos y el país sea parte del Protocolo.
  • Que el Comité inicie procedimientos de investigación ante situaciones graves o sistemáticas de violaciones (mecanismo de indagación).

Esto amplía las posibilidades de acceso a la justicia internacional para víctimas de discriminación.

Ratificaciones, reservas y aplicación

Cuando un Estado ratifica la Convención se compromete legalmente a cumplir sus disposiciones; muchos países han debido reformar leyes nacionales (derecho de familia, laborales, penales) para ajustarse a esos estándares. No obstante:

  • Algunos Estados formulan reservas al ratificar, limitando el alcance de determinadas obligaciones; dichas reservas pueden ser objeto de objeciones por parte de otros Estados o del Comité.
  • La ratificación y el cumplimiento varían: hay diferencias entre la adopción formal de normas y su implementación efectiva en la vida diaria de mujeres y niñas.

El texto original señalaba que en 2017 eran 189 los Estados parte y mencionaba que no habían ratificado: Irán, Somalia, Sudán del Sur, Tonga, Estados Unidos y Ciudad del Vaticano. Es importante recordar que la situación de ratificaciones puede cambiar; para el estado más actualizado conviene consultar la lista oficial en la colección de tratados de Naciones Unidas.

Impacto y ejemplos de aplicación

La Convención ha sido una herramienta clave para:

  • Promover reformas legislativas (por ejemplo, derogación de leyes discriminatorias en materia de herencia o consentimiento matrimonial).
  • Fortalecer políticas públicas relacionadas con salud sexual y reproductiva, violencia de género y participación política.
  • Movilizar a organizaciones de la sociedad civil que presentan informes alternativos (shadow reports) y hacen seguimiento a los compromisos nacionales.

Cómo pueden participar la sociedad civil y las personas

  • Las ONG y activistas pueden presentar informes paralelos al Comité cuando un Estado informa sobre sus avances.
  • En los países que ratificaron el Protocolo Facultativo, las víctimas individuales pueden presentar comunicaciones ante el Comité tras agotar las instancias internas.
  • Informarse y exigir la implementación de las recomendaciones del Comité a nivel nacional (legislación, presupuestos, protocolos de atención).

Conclusión

La CEDAW es considerada un instrumento fundamental para la protección de los derechos de las mujeres y la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres. Su eficacia depende tanto de la ratificación como de la voluntad política y de la acción de la sociedad civil para traducir normas internacionales en cambios concretos en la vida de las mujeres.

Estado del Convenio (verde:ratificado, amarillo:sólo firmado y rojo:ninguno)Zoom
Estado del Convenio (verde:ratificado, amarillo:sólo firmado y rojo:ninguno)

Contenido principal

Artículo 1 Se entiende por discriminación de la mujer toda distinción, exclusión o limitación de los derechos humanos y libertades de la mujer.

Artículo 2 Los países deben prohibir toda discriminación contra las mujeres por parte de cualquier persona, grupo o empresa, y deben cambiar cualquier ley para proteger a las mujeres de la discriminación.

Artículo 4 Las medidas especiales para promover la igualdad real entre hombres y mujeres y para proteger a las mujeres madres no son discriminación.

Artículo 5 Abolir cualquier prejuicio y costumbre que esté fuera de la idea que insiste en que cualquiera de los dos sexos es inferior o superior o de los roles estereotipados para hombres y mujeres.

Artículo 6 Protección de las mujeres contra todas las formas de trata de seres humanos y prostitución.

Artículo 7 El derechoal voto de las mujeres y a participar en la política del gobierno.

Artículo 8 Derechos de las mujeres a representar a su gobierno y a participar en los trabajos de las organizaciones internacionales.

Artículo 9 Derechos de las mujeres a cambiar de nacionalidad y en el matrimonio con un extranjero, las mujeres no se cambian automáticamente su nacionalidad de acuerdo con la del marido y tienen el mismo derecho que los hombres sobre la nacionalidad de su hijo.

Artículo 10 Abolición de la discriminación de la mujer en el ámbito de la educación;

  • a) Las mismas condiciones de carrera y orientación para la profesión
  • b) Acceso al mismo programa educativo, a las mismas pruebas y al mismo personal docente
  • c) Abolir cualquier estereotipo del papel de los hombres y las mujeres en todos los niveles y en todas las formas de educación.
  • d) La misma posibilidad de obtener becas
  • g) La misma posibilidad de participar en los deportes

Artículo 11 1. Abolir la discriminación de la mujer en el ámbito laboral

2. Para evitar la discriminación de las mujeres en la maternidad matrimonial y garantizar su derecho al trabajo, los países han

  • a) prohibir la sanción o el despido por estar embarazada o por estar de baja por maternidad.
  • b) conceder un permiso de maternidad remunerado o con prestaciones sociales sin pérdida de la profesión anterior.
  • d) proteger a las mujeres embarazadas de los trabajos perjudiciales.

Artículo 12 Abolición de la discriminación en el ámbito de la asistencia sanitaria.

Artículo 13

  • a) Los derechos a las prestaciones familiares
  • b) Los derechos de préstamo bancario y tarjeta de crédito

Artículo 14 Suprimir la discriminación en las zonas rurales.

Artículo 15 Igualdad de la mujer con el hombre ante la ley, también en materia civil y capacidad jurídica.

Artículo 16

  • a) El derecho a contraer matrimonio
  • b) El mismo derecho a elegir libremente un cónyuge
  • c) El mismo derecho y responsabilidad durante el matrimonio
  • d) Los mismos derechos y responsabilidades que los padres
  • e) Los mismos derechos a decidir libremente y con responsabilidad el número y el espaciamiento de sus hijos
  • g) Los mismos derechos personales que el marido y la mujer, también el derecho a elegir un apellido, una profesión y un trabajo

Del artículo 19 al 30, sobre el Comité que vela por la realización de esta Convención por parte de los países. El Comité está compuesto por 23 miembros elegidos por los países. Deben ser "de alta consideración moral". Los países deben presentar un informe nacional, al menos cada cuatro años, al Comité y éste presenta informes al Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.

El comité también da sugerencias a los países en materia de abolición de la discriminación contra las mujeres.

Protocolo opcional

Esta Convención también cuenta con el "Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer". Admite a las mujeres cuyos derechos humanos escritos en esta Convención son violados para reclamar al Comité de las Naciones Unidas. Hasta ahora, septiembre de 2017, 109 países la han ratificado, es decir, se han comprometido con las Naciones Unidas a realizarla.

Páginas relacionadas

  • Mujer
  • Derechos de la mujer
  • Discriminación
  • Derecho a la educación
  • Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer

Preguntas y respuestas

P: ¿Qué es la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?


R: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer es una convención y una ley internacional de derechos humanos adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1979.

P: ¿Cuál era el objetivo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?


R: El objetivo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer era prohibir toda discriminación contra la mujer y garantizar sus derechos humanos y su libertad en pie de igualdad con el hombre.

P: ¿Cuándo entró en vigor la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?


R: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer entró en vigor el 3 de septiembre de 1981.

P: ¿Cuántos países han ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?


R: En 2017, 189 países habían ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

P: ¿Qué países no habían ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en 2017?


R: Irán, Somalia, Sudán del Sur, Tonga, Estados Unidos y Ciudad del Vaticano no habían ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en 2017.

P: ¿Qué significa que un país ratifique la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?


R: Cuando un país ratifica la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, ha hecho la promesa de hacer realidad la Convención y prohibir toda discriminación contra la mujer, garantizando al mismo tiempo sus derechos humanos y su libertad en pie de igualdad con los hombres.

P: ¿Qué importancia tiene la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer para los derechos de la mujer en todo el mundo?


R: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer es una ley internacional de derechos humanos crucial para los derechos de la mujer en todo el mundo, ya que tiene como objetivo eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer y garantizar sus derechos humanos y su libertad sobre una base de igualdad con el hombre, promoviendo la igualdad de género y la autonomía de la mujer.


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