Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer es una convención y una de las normas internacionales de derechos humanos adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 y que entró en vigor el 3 de septiembre de 1981, establecida para prohibir toda discriminación contra la mujer y garantizar sus derechos humanos y su libertad en igualdad de condiciones con los hombres. En 2017, 189 países habían ratificado esta Convención, es decir, habían prometido hacerla realidad. Los países que no la han ratificado son Irán, Somalia, Sudán del Sur, Tonga, Estados Unidos y Ciudad del Vaticano.
Estado del Convenio (verde:ratificado, amarillo:sólo firmado y rojo:ninguno)
Contenido principal
Artículo 1 Se entiende por discriminación de la mujer toda distinción, exclusión o limitación de los derechos humanos y libertades de la mujer.
Artículo 2 Los países deben prohibir toda discriminación contra las mujeres por parte de cualquier persona, grupo o empresa, y deben cambiar cualquier ley para proteger a las mujeres de la discriminación.
Artículo 4 Las medidas especiales para promover la igualdad real entre hombres y mujeres y para proteger a las mujeres madres no son discriminación.
Artículo 5 Abolir cualquier prejuicio y costumbre que esté fuera de la idea que insiste en que cualquiera de los dos sexos es inferior o superior o de los roles estereotipados para hombres y mujeres.
Artículo 6 Protección de las mujeres contra todas las formas de trata de seres humanos y prostitución.
Artículo 7 El derechoal voto de las mujeres y a participar en la política del gobierno.
Artículo 8 Derechos de las mujeres a representar a su gobierno y a participar en los trabajos de las organizaciones internacionales.
Artículo 9 Derechos de las mujeres a cambiar de nacionalidad y en el matrimonio con un extranjero, las mujeres no se cambian automáticamente su nacionalidad de acuerdo con la del marido y tienen el mismo derecho que los hombres sobre la nacionalidad de su hijo.
Artículo 10 Abolición de la discriminación de la mujer en el ámbito de la educación;
- a) Las mismas condiciones de carrera y orientación para la profesión
- b) Acceso al mismo programa educativo, a las mismas pruebas y al mismo personal docente
- c) Abolir cualquier estereotipo del papel de los hombres y las mujeres en todos los niveles y en todas las formas de educación.
- d) La misma posibilidad de obtener becas
- g) La misma posibilidad de participar en los deportes
Artículo 11 1. Abolir la discriminación de la mujer en el ámbito laboral
2. Para evitar la discriminación de las mujeres en la maternidad matrimonial y garantizar su derecho al trabajo, los países han
- a) prohibir la sanción o el despido por estar embarazada o por estar de baja por maternidad.
- b) conceder un permiso de maternidad remunerado o con prestaciones sociales sin pérdida de la profesión anterior.
- d) proteger a las mujeres embarazadas de los trabajos perjudiciales.
Artículo 12 Abolición de la discriminación en el ámbito de la asistencia sanitaria.
Artículo 13
- a) Los derechos a las prestaciones familiares
- b) Los derechos de préstamo bancario y tarjeta de crédito
Artículo 14 Suprimir la discriminación en las zonas rurales.
Artículo 15 Igualdad de la mujer con el hombre ante la ley, también en materia civil y capacidad jurídica.
Artículo 16
- a) El derecho a contraer matrimonio
- b) El mismo derecho a elegir libremente un cónyuge
- c) El mismo derecho y responsabilidad durante el matrimonio
- d) Los mismos derechos y responsabilidades que los padres
- e) Los mismos derechos a decidir libremente y con responsabilidad el número y el espaciamiento de sus hijos
- g) Los mismos derechos personales que el marido y la mujer, también el derecho a elegir un apellido, una profesión y un trabajo
Del artículo 19 al 30, sobre el Comité que vela por la realización de esta Convención por parte de los países. El Comité está compuesto por 23 miembros elegidos por los países. Deben ser "de alta consideración moral". Los países deben presentar un informe nacional, al menos cada cuatro años, al Comité y éste presenta informes al Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.
El comité también da sugerencias a los países en materia de abolición de la discriminación contra las mujeres.
Protocolo opcional
Esta Convención también cuenta con el "Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer". Admite a las mujeres cuyos derechos humanos escritos en esta Convención son violados para reclamar al Comité de las Naciones Unidas. Hasta ahora, septiembre de 2017, 109 países la han ratificado, es decir, se han comprometido con las Naciones Unidas a realizarla.
Páginas relacionadas
- Mujer
- Derechos de la mujer
- Discriminación
- Derecho a la educación
- Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer
Preguntas y respuestas
P: ¿Qué es la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?
R: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer es una convención y una ley internacional de derechos humanos adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1979.
P: ¿Cuál era el objetivo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?
R: El objetivo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer era prohibir toda discriminación contra la mujer y garantizar sus derechos humanos y su libertad en pie de igualdad con el hombre.
P: ¿Cuándo entró en vigor la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?
R: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer entró en vigor el 3 de septiembre de 1981.
P: ¿Cuántos países han ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?
R: En 2017, 189 países habían ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
P: ¿Qué países no habían ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en 2017?
R: Irán, Somalia, Sudán del Sur, Tonga, Estados Unidos y Ciudad del Vaticano no habían ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en 2017.
P: ¿Qué significa que un país ratifique la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer?
R: Cuando un país ratifica la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, ha hecho la promesa de hacer realidad la Convención y prohibir toda discriminación contra la mujer, garantizando al mismo tiempo sus derechos humanos y su libertad en pie de igualdad con los hombres.
P: ¿Qué importancia tiene la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer para los derechos de la mujer en todo el mundo?
R: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer es una ley internacional de derechos humanos crucial para los derechos de la mujer en todo el mundo, ya que tiene como objetivo eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer y garantizar sus derechos humanos y su libertad sobre una base de igualdad con el hombre, promoviendo la igualdad de género y la autonomía de la mujer.