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Zona económica exclusiva (ZEE): derechos, límites, historia y disputas

Resumen de la Zona Económica Exclusiva (ZEE), su base jurídica, los derechos y deberes de los estados ribereños, sus límites y superposiciones, y sus diferencias con las aguas territoriales y la plataforma continental.

Panorama general

Una Zona Económica Exclusiva (ZEE) es una zona marítima situada más allá y adyacente al mar territorial de un estado ribereño, en la que ese estado tiene derechos especiales sobre la exploración y el aprovechamiento de los recursos marinos. En la práctica general, una ZEE se extiende mar adentro hasta 200 millas náuticas (unos 370 km) desde la línea de base del país. La autoridad del estado ribereño en la ZEE se centra en las actividades económicas: por ejemplo, el derecho a realizar minería en el lecho marino y a regular la pesca comercial. Cuando islas o rocas tienen derecho a generar zonas marítimas, la ZEE se mide desde las costas de esos elementos; véase el papel de las islas en la delimitación.

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Base jurídica y desarrollo histórico

El concepto de ZEE se desarrolló a mediados del siglo XX, cuando los estados ribereños comenzaron a reclamar un mayor control sobre las poblaciones de peces cercanas y los recursos del subsuelo. Las primeras reivindicaciones nacionales culminaron en un marco multilateral bajo la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR o UNCLOS), que codificó los derechos y deberes relacionados con las ZEE. Aunque la convención establece el límite estándar de 200 millas náuticas, muchas cuestiones técnicas y de delimitación se resuelven mediante acuerdos bilaterales o regionales y por mecanismos internacionales de solución de controversias.

Derechos, deberes y jurisdicción

Dentro de su ZEE, un estado ribereño tiene derechos soberanos —no soberanía plena— para explorar, explotar, conservar y administrar los recursos naturales de las aguas, del lecho marino y de su subsuelo. Los elementos clave incluyen:

  • Derechos exclusivos sobre la explotación de hidrocarburos y minerales del lecho marino y del subsuelo, incluida la posible minería en aguas profundas.
  • Facultad para regular y autorizar las operaciones de pesca y para conservar los recursos vivos marinos, con énfasis en capturas sostenibles y en la gestión de las poblaciones (control de la pesca).
  • Jurisdicción sobre el establecimiento y la regulación de islas artificiales, instalaciones y estructuras, así como poderes limitados de control respecto de las leyes aduaneras, fiscales, migratorias y sanitarias.
  • Deber de proteger y preservar el medio marino y de cooperar con otros estados en la investigación científica cuando proceda.

Límites, superposiciones y factores de disputa

La franja de 200 millas náuticas es una regla por defecto, pero las ZEE con frecuencia se superponen cuando estados vecinos u opuestos están a menos de 400 millas náuticas. En esos casos, los estados negocian las fronteras por acuerdo, a menudo usando la equidistancia u otros principios equitativos. Las superposiciones y las perspectivas de recursos valiosos alimentan muchas tensiones internacionales: entre los puntos de fricción más conocidos están partes del Mar de China Meridional, las aguas del Ártico, donde el deshielo ha abierto el acceso a recursos, y regiones con reclamaciones rivales sobre islas. La delimitación puede implicar negociación bilateral, arbitraje internacional o adjudicación conforme a los mecanismos previstos por la CONVEMAR.

Diferencias con las aguas territoriales y las libertades de navegación

La ZEE se distingue del mar territorial, que normalmente se extiende 12 millas náuticas desde la línea de base y en el que el estado ribereño ejerce soberanía plena, similar a la de su territorio terrestre. En cambio, otros estados conservan libertades en la ZEE, como la navegación y el sobrevuelo; los buques y submarinos extranjeros pueden transitar por aguas de la ZEE sin autorización previa, siempre que no participen en la explotación de recursos. El concepto de plataforma continental se superpone con la ZEE en lo relativo a los derechos sobre el lecho marino y, en ciertos casos, puede extender la titularidad del estado ribereño sobre el fondo marino más allá de las 200 millas náuticas.

Importancia, gestión y datos destacados

Las ZEE son fundamentales para la noción moderna de la economía oceánica o “economía azul”: determinan quién se beneficia de la pesca, la energía en alta mar, los minerales marinos y las industrias emergentes. Una gestión eficaz requiere evaluación científica, capacidad de control, cooperación regional y respeto de las normas ambientales. Las disputas sobre las ZEE muestran cómo se entrecruzan los principios jurídicos, la geografía y la geopolítica; la solución práctica suele combinar diplomacia, procesos jurídicos y acuerdos de reparto de recursos. Para un contexto general sobre conceptos marítimos relacionados, véanse los enlaces sobre los límites territoriales (aguas territoriales) y el papel de las islas en las reclamaciones marítimas (islas), y consulte recursos sobre las libertades de navegación (buques y submarinos).

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Autor

AlegsaOnline.com Zona económica exclusiva (ZEE): derechos, límites, historia y disputas

URL: https://es.alegsaonline.com/art/32896

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