El Presidente de Ecuador (en español: Presidente del Ecuador) es el jefe de Estado y el jefe de gobierno del país. Es la máxima autoridad del Poder Ejecutivo y tiene a su cargo la dirección política y administrativa del Estado, la representación internacional del país y la conducción de la política pública.

Duración del mandato y reelección

Según la Constitución vigente (aprobada en 2008), el mandato presidencial dura cuatro años. La posibilidad de reelección ha tenido variaciones por reformas constitucionales y decisiones jurisdiccionales; en la práctica, la normativa actual permite la reelección conforme a los límites que establece la Constitución y la ley electoral. Históricamente, antes de la constitución de 2008 existieron reglas distintas sobre la reelección y la duración de los mandatos.

Cómo se elige

El Presidente es elegido por sufragio universal, libre, directo y secreto. El sistema electoral presidencial en Ecuador utiliza una segunda vuelta cuando ninguno de los candidatos alcanza los umbrales necesarios en la primera vuelta: para ganar en primera vuelta es necesario obtener más del 50% de los votos válidos, o al menos el 40% con una ventaja mínima de diez puntos porcentuales sobre el segundo candidato. Si ningún postulante cumple esos requisitos, se realiza una segunda vuelta entre los dos más votados.

Requisitos para ser candidato

  • Ser ciudadano ecuatoriano por nacimiento (o cumplir lo establecido por la Constitución para aspirar al cargo).
  • Gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos.
  • Cumplir la edad mínima exigida por la Constitución al momento de la elección.
  • No estar inhabilitado por sentencia judicial, por sanción administrativa electoral o por impedimentos legales establecidos en la ley.

Funciones y atribuciones principales

  • Dirigir la política general del gobierno y administrar los asuntos públicos.
  • Designar y remover a los ministros y demás autoridades del Ejecutivo, dentro de los límites constitucionales.
  • Ejercer la jefatura de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
  • Promulgar, vetar y reglamentar las leyes aprobadas por la Asamblea Nacional.
  • Representar internacionalmente al Estado, celebrar tratados y convenios internacionales —que, según el caso, requieren la aprobación de la Asamblea Nacional—.
  • Presentar proyectos de ley ante la Asamblea Nacional y emitir decretos ejecutivos en el marco de la Constitución y la ley.
  • Declarar estados de excepción en los supuestos previstos por la Constitución, con las limitaciones y controles establecidos.

Limitaciones, inhabilidades y mecanismos de control

El Presidente está sujeto a los mecanismos de control político y jurídico previstos en la Constitución y la ley. La Asamblea Nacional puede iniciar procedimientos especiales, como el juicio político o la destitución por causas constitucionales o legales. Asimismo, el Presidente puede ser investigado y sancionado por responsabilidades administrativas, civiles o penales en los casos que procedan.

Sucesión y ausencia

Si el Presidente queda temporal o definitivamente impedido, asume sus funciones el Vicepresidente. En caso de vacancia simultánea de la Presidencia y la Vicepresidencia, la Constitución dispone los mecanismos para garantizar la sucesión y la continuidad del Estado, entre ellos la intervención de la Asamblea Nacional para designar al sucesor o convocar a elecciones, según lo establecido por la normativa vigente.

Juramento y toma de posesión

El Presidente electo asume el cargo en la fecha establecida por la Constitución o la ley (tradicionalmente el 24 de mayo en los últimos periodos), rindiendo el juramento de rigor ante la Asamblea Nacional o la autoridad competente y cumpliendo con los requisitos formales para el inicio del mandato.

El presidente de Ecuador en este momento es Guillermo Lasso, que asumió la presidencia el 24 de mayo de 2021 tras las elecciones celebradas en abril de 2021.