Las colectividades de ultramar francesas (en francés: collectivité d'outre-mer, abreviado con frecuencia COM) son una categoría de la administración territorial francesa que agrupa varias posesiones de ultramar con estatutos distintos y diferentes grados de autonomía. Su marco jurídico actual se remonta a la reforma constitucional de 2003 y a las leyes orgánicas posteriores, que definen cómo se aplica la legislación nacional y qué materias se transfieren a las instituciones locales.
Características principales
Las colectividades ocupan una posición intermedia entre los departamentos y regiones metropolitanos y los territorios plenamente independientes. Cada COM tiene su propia asamblea local y un poder ejecutivo adaptado a las necesidades del territorio; el Estado francés conserva competencias como la defensa, la moneda y la política exterior, mientras que otras atribuciones —como la fiscalidad, las adaptaciones del derecho civil, la ordenación del territorio y la política cultural— pueden ejercerse a nivel local. El resultado práctico es una diversidad de regímenes jurídicos: algunas leyes metropolitanas se aplican directamente, otras se aplican con adaptaciones y otras no se aplican en absoluto.
Colectividades actuales
- Polinesia Francesa – un gran territorio del Pacífico con un alto grado de autonomía local e instituciones propias.
- Saint-Pierre y Miquelon – un pequeño conjunto de islas cerca de Canadá, con estrechos vínculos económicos y culturales con Norteamérica.
- Wallis y Futuna – una colectividad del Pacífico donde las estructuras tradicionales de jefatura conviven con la administración francesa.
- Saint-Barthélemy – una isla caribeña que se separó administrativamente de Guadalupe para formar una COM.
- Saint-Martin – la parte norte de una isla compartida con el Sint Maarten neerlandés; es una COM separada con su propio consejo.
El número y la composición de las COM han cambiado con el tiempo a medida que las poblaciones locales y el Estado francés negociaban modificaciones de estatus; algunas islas pasaron de formar parte de departamentos de ultramar a convertirse en colectividades tras referendos locales y ajustes legislativos.
Gobierno, relaciones internacionales y diferencias
Cada colectividad elige representantes para el Parlamento francés y cuenta con instituciones locales para la administración cotidiana, pero el equilibrio de poderes varía según el territorio. Su relación con la Unión Europea y con las organizaciones internacionales también difiere: algunas disposiciones del derecho de la UE se aplican de manera distinta a como lo hacen en la Francia metropolitana. Las COM se distinguen de los departamentos y regiones de ultramar (DOM/ROM), que tienen el mismo estatus jurídico que los departamentos de la Francia continental, y de Nueva Caledonia, que posee un estatus sui generis en virtud de un acuerdo aparte. Para más información sobre los textos jurídicos y las disposiciones constitucionales, véanse los artículos pertinentes de la Constitución francesa.
Las colectividades desempeñan funciones importantes más allá de la administración: preservan lenguas y culturas locales, amplían la jurisdicción marítima y las zonas económicas de Francia, y albergan instalaciones estratégicas o estaciones científicas en regiones remotas. Su diversidad ejemplifica cómo un mismo marco nacional puede acoger historias, geografías y arreglos políticos muy distintos.