Opinión discrepante

Una opinión discrepante (o disentimiento) es una opinión en un caso legal. La escriben uno o varios jueces para expresar su desacuerdo con la opinión mayoritaria del tribunal. En algunos casos, simplemente declaran su desacuerdo con la opinión mayoritaria. En otros casos, pueden utilizarse para instruir, incitar o tratar de convencer a otros jueces del punto de vista expresado por la minoría.

Cuando no se refiere necesariamente a una decisión jurídica, también puede denominarse informe de minoría.

Las opiniones discrepantes se redactan normalmente al mismo tiempo que la opinión mayoritaria y las opinionesconcurrentes. También se emiten y publican al mismo tiempo. Una opinión disidente no crea un precedente vinculante ni pasa a formar parte de la jurisprudencia. Sin embargo, a veces pueden citarse como una forma de autoridad persuasiva en casos posteriores cuando se argumenta que la sentencia del tribunal debe limitarse o anularse. En algunos casos, una disidencia anterior se utiliza para impulsar un cambio en la ley. Un caso posterior puede dar lugar a una opinión mayoritaria que adopte una norma jurídica concreta que antes se defendía en la disidencia. Al igual que ocurre con las opiniones concurrentes, la diferencia de opinión entre los disensos y las opiniones mayoritarias a menudo puede poner de manifiesto la postura precisa de la opinión mayoritaria. El presidente del Tribunal Supremo, Charles Evans Hughes, declaró en 1936 "Una disidencia en un Tribunal de última instancia es una apelación".

El disidente puede estar en desacuerdo con la mayoría por cualquier número de razones: una interpretación diferente de la jurisprudencia existente, la aplicación de principios diferentes, o una interpretación diferente de los hechos.

Preguntas y respuestas

P: ¿Qué es una opinión discrepante?


R: Una opinión disidente es una opinión en un caso legal escrita por uno o más jueces que expresan su desacuerdo con la opinión mayoritaria del tribunal.

P: ¿Cómo afecta una opinión disidente a la jurisprudencia?


R: Una opinión disidente no crea precedentes vinculantes ni pasa a formar parte de la jurisprudencia. Sin embargo, a veces pueden citarse como autoridad persuasiva en casos posteriores cuando se argumenta que la opinión del tribunal debería limitarse o anularse.

P: ¿Cuándo se emiten y publican las opiniones discrepantes?


R: Las opiniones disidentes se escriben normalmente al mismo tiempo que la opinión mayoritaria y cualquier opinión concurrente, y también se entregan y publican al mismo tiempo.

P: ¿Qué dijo el presidente del Tribunal Supremo, Charles Evans Hughes, sobre las opiniones disidentes?


R: El presidente del Tribunal Supremo, Charles Evans Hughes, declaró en 1936 que "una disidencia en un Tribunal de última instancia es una apelación".

P: ¿Qué razones pueden dar lugar a diferencias entre los disensos y las opiniones mayoritarias?


R: Las diferencias entre los disensos y las opiniones mayoritarias a menudo pueden poner de relieve la postura precisa de la opinión mayoritaria, y esta diferencia puede surgir debido a diferentes interpretaciones de la jurisprudencia existente, diferentes principios aplicados o diferentes interpretaciones de los hechos.

P: ¿Pueden los disensos previos impulsar cambios en las leyes?



R: Sí, en algunos casos una disidencia anterior puede utilizarse para impulsar cambios en las leyes; por ejemplo, casos posteriores pueden dar lugar a que una opinión mayoritaria adopte una determinada norma jurídica defendida anteriormente en la disidencia.

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