Partisano: definición y estatus legal en el derecho de la guerra

Partisano: qué es, su estatus legal en el derecho de la guerra, criterios para ser prisionero de guerra y cambios clave introducidos por los Protocolos de 1977.

Autor: Leandro Alegsa

Un partisano es, en sentido general, un combatiente armado que no forma parte de las tropas regulares de un país o Estado. El término proviene del italiano, donde originalmente se refiere a un miembro de un partido político; en contexto bélico suele emplearse para describir a quienes participan en acciones armadas de carácter irregular, como guerrillas o movimientos de resistencia.

Estatus en el derecho internacional humanitario

En el derecho internacional no existe un estatus jurídico autónomo denominado “partisano”. Lo relevante para determinar los derechos y las obligaciones de una persona capturada durante un conflicto es si cumple los requisitos para ser considerado combatiente o prisionero de guerra (POW). Ser llamado “partisano” no confiere por sí solo un régimen jurídico concreto: lo que importa es la realidad fáctica y el cumplimiento de los criterios legales.

Criterios habituales para el reconocimiento como combatiente/prisionero de guerra

Tradicionalmente, para que miembros de fuerzas no regulares sean reconocidos como combatientes legítimos con derecho a ser tratados como prisioneros de guerra, se consideran los siguientes criterios:

  1. Que exista una persona al frente de la organización responsable de sus actos.
  2. Que puedan ser identificados por una señal distintiva o emblema, visible desde lejos.
  3. Que lleven sus armas abiertamente.
  4. Que se adhieran a las costumbres y leyes de la guerra en el desarrollo de sus operaciones.

Estos criterios se derivan de la práctica y de normas del derecho internacional humanitario (contribuciones históricas de las Convenciones de La Haya y de la de Ginebra). Su finalidad es distinguir a quienes ejercen la guerra de forma organizada y responsable de quienes cometen actos de violencia sin respetar las normas mínimas del conflicto armado.

Modificaciones de 1977 (Protocolos adicionales)

Los Protocolos adicionales de 1977 (especialmente el Protocolo I, relativo a conflictos armados internacionales) introdujeron aclaraciones importantes en relación con militias, cuerpos de voluntarios y otros grupos armados irregulares. Entre ellas figura la posibilidad de que, en determinadas circunstancias, baste con llevar las armas abiertamente durante los enfrentamientos o mientras sean visibles en sus movimientos para ser considerados combatientes legítimos. Es decir, el requisito de llevar armas siempre “abiertamente” se matiza: puede bastar su exhibición en los momentos en que participan en hostilidades.

Implicaciones prácticas y legales

  • Si se cumplen los criterios: los partisanos o miembros de grupos irregulares pueden ser considerados combatientes legítimos y, si son capturados, tener la condición de prisioneros de guerra con las protecciones que aportan las Convenciones de Ginebra.
  • Si no se cumplen: quienes no reúnan los requisitos pueden ser considerados combatientes “no autorizados” o delincuentes según el Derecho interno del detentor. En tal caso no tendrían automáticamente el estatus de POW y podrían enfrentarse a procesos penales por su conducta; aun así, deben recibir trato humano y las garantías mínimas del derecho internacional (por ejemplo, protección frente a la tortura y respeto de un procedimiento judicial justo).
  • Conflictos no internacionales: en enfrentamientos internos (conflictos no internacionales) la figura del prisionero de guerra no se aplica de la misma forma; sin embargo, existen protecciones consagradas en el Common Article 3 de las Convenciones de Ginebra y en el Protocolo II (cuando aplica), que exigen trato humano para detenidos y prohíben homicidios, torturas y tratos degradantes.

Consideraciones finales

En la práctica, muchos grupos partisanos o de resistencia afrontan dificultades para cumplir todos los requisitos formales (por ejemplo, llevar distintivos visibles), lo que complica su calificación automática como combatientes legítimos. Por ello, la determinación de su estatus depende del contexto concreto, de la conducta de sus miembros y de la interpretación aplicable del derecho internacional humanitario. En cualquier caso, aunque no obtengan la condición de prisioneros de guerra, las personas capturadas conservan derechos fundamentales y deben ser tratadas conforme a las normas humanitarias y de derechos humanos aplicables.

Un comandante guerrillero enseñando a sus combatientes a usar las armas, cerca de Smolensk, en 1941Zoom
Un comandante guerrillero enseñando a sus combatientes a usar las armas, cerca de Smolensk, en 1941

Los soldados alemanes disparan a personas clasificadas como partisanos, en 1941.Zoom
Los soldados alemanes disparan a personas clasificadas como partisanos, en 1941.



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